30 de junio: fecha límite para presentar actualización de socios o accionistas ante el SAT
27 Mayo, 2020
Boletín
30 de junio: fecha límite para presentar actualización de socios o accionistas ante el SAT
30 de junio: Fecha límite para presentar la actualización de información de socios o accionistas ante el SAT
Como les habíamos informado en un comunicado previo, el 9 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reformó, entre otros ordenamientos, el Código Fiscal de la Federación. Como parte de esta reforma, se modificó el artículo 27 del Código en lo referente a las obligaciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
En este sentido, la fracción VI del apartado B del artículo 27 del Código establece una nueva obligación para las personas morales, consistente en presentar un aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT), informando el nombre y la clave en el RFC de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos.
Si bien esta reforma, vigente a partir del 1 de enero de 2020 y la regla 2.4.19. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (RMF), publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2019, establecen que el aviso debe presentarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se actualice el supuesto correspondiente conforme a la ficha de trámite 295/CFF del Anexo 1-A de la RMF, en términos de lo dispuesto por el artículo cuadragésimo sexto transitorio de la RMF, el aviso mencionado podrá ser presentado, por única ocasión, a más tardar el 30 de junio del año en curso.
La ficha de trámite 295/CFF del Anexo 1-A de la RMF detalla que el aviso se presentará a través del portal electrónico del SAT con el RFC y contraseña de la persona moral. Para estos efectos, se deberá llenar el formato electrónico “Servicio de Aclaración” y adjuntar los documentos escaneados correspondientes. Cabe destacar que la ficha en comento señala que, para presentar el aviso, se debe contar con un documento protocolizado y digitalizado en el que consten la incorporación del socio o accionista, sin embargo, considerando que no todos los actos que tienen como efecto la modificación o el ingreso de un nuevo socio o accionista deben constar en documento protocolizado en términos de las leyes aplicables en México, será importante analizar cada caso para determinar qué documento podrá ser presentado ante las autoridades fiscales.
Con la presentación del aviso, el contribuyente obtendrá un acuse de recepción que contendrá un número de folio que, transcurridos 7 días hábiles, podrá consultarse en el portal del SAT.
En caso de tener dudas o comentarios respecto al cumplimiento de la presente obligación o en caso de requerir ayuda para la presentación del aviso en comento, por favor póngase en contacto con cualquiera de nuestros socios o asociados.
Atentamente
Cannizzo, Ortíz y Asociados, S.C.