Senado aprueba dictamen de reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para introducir el Crédito de Nómina. Pendiente aprobación por Diputados
19 de Marzo, 2021
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Senado aprueba dictamen de reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para introducir el Crédito de Nómina
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Senado aprueba dictamen de reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para introducir el Crédito de Nómina
El 18 de febrero de 2021, se aprobó un dictamen emitido por parte de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, al igual que de Estudios Legislativos del Senado cuyo objetivo es, entre otros, reformar algunas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Para ser consideradas como aprobadas, éstas reformas deberán ser aprobadas también por la Cámara de Diputados, en donde se discutirá el proyecto en los próximos días, y promulgado por el Ejecutivo Federal, previa publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Entre los principales objetivos de la reforma se encuentra la regulación del denominado “Crédito de Nomina con Cobranza Delegada”. Esta modificación en la legislación busca la inclusión financiera y proteger a las personas trabajadoras de incurrir en sobreendeudamiento y de sufrir abusos por parte de entidades financieras.
Así, en caso de ser aprobada la reforma por la Cámara de Diputados y el Ejecutivo Federal en los términos avalados por el Senado, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito incluirá una nueva sección relativa al Crédito de Nómina con Cobranza Delegada, misma que permitiría la celebración de un contrato de apertura de crédito simple o en cuenta corriente por parte de las personas trabajadoras con entidades financieras en virtud del cual la persona trabajadora podrá autorizar al patrón, para que en su nombre y representación pague con cargo a su salario devengado, percepciones extraordinarias, indemnizaciones laborales, pensión o renta vitalicia, los montos debidos con motivo de los contratos de apertura de crédito.
La reforma en comento prevé que el monto de los pagos parciales y periódicos a ser realizados por las personas trabajadoras respecto a los créditos de nómina antes mencionados, a ser incluidos en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, estaría limitado conforme a la capacidad de pago del acreditado y los contratos de crédito previamente celebrados por dichas personas. Lo anterior a efecto de garantizar el cumplimiento de parte del deudor al acreedor y para proteger la solvencia de las personas trabajadoras.
La reforma en comento implicará también la reforma de otros ordenamientos legales tales como la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito y la Ley de Protección y Defensa al Usurario de Servicios Financieros.
Si desea conocer más detalles de la reforma ante mencionada o conocer el estado de su aprobación, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Atentamente
Cannizzo, Ortíz y Asociados, S.C.