Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (“LFPDPPP”)

21 Marzo, 2025

Alerta Informativa

Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (“LFPDPPP”)

Contáctenos:

Nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (“LFPDPPP”)

En el contexto de las reformas aprobadas a finales del 2024 sobre simplificación orgánica que conlleva la desaparición de ciertos órganos autónomos, incluido el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), para asignar sus funciones a dependencias de la administración federal centralizada, se estableció que el poder legislativo contaba con un plazo de 90 días para realizar las modificaciones pertinentes a las leyes aplicables, incluyendo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.

El 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Decreto por el que se expide (i) la Ley General De Transparencia y Acceso a la Información Pública; (ii) la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; (iii) la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y (iv) se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica De La Administración Pública Federal. La LFPDPPP entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, abrogando la LFPDPPP publicada el 5 de julio de 2010.

En términos generales, esta nueva LFPDPPP no establece cambios sustanciales respecto a su predecesora, sin embargo, a continuación, se describen las principales diferencias que presenta la nueva regulación:

El principal cambio que refleja la nueva LFPDPPP es que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (“SABG”) será la nueva autoridad que proteja los datos personales en poder de los particulares y en su caso, las resoluciones que emita podrán impugnarse por medio del juicio de amparo que será substanciado por jueces y tribunales especializados en la materia.

Se llevaron a cabo cambios en la redacción para utilizar lenguaje incluyente, homologar las reglas, principios, bases, procedimientos y, en general establecer los mecanismos para el ejercicio de los derechos de las personas titulares de los datos personales.

Por lo que se refiere a los derechos de los titulares, se establecieron ciertos supuestos para el ejercicio del derecho de oposición por parte de los titulares de los datos personales, incluyendo en caso de que se lleve a cabo un tratamiento automatizado de la información. Asimismo, se prevé que no procederá el ejercicio de este derecho cuando el tratamiento de los datos sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal del responsable.

Se promueve la adopción de esquemas de autorregulación que complementen las disposiciones de la LFPDPPP, que incluyan mecanismos para medir su eficacia en la protección de los datos (mediante auditorías), consecuencias y medidas correctivas en caso de incumplimiento, como cambios a las políticas o procesos, implementación de medidas de seguridad adicionales o imposición de sanciones internas.

Por último, es importante mencionar que, como parte de este paquete de regulaciones nuevas, no se emitió una nueva versión del Reglamento de la LFPDPPP, sin embargo, en los artículos transitorios se establece que el Ejecutivo Federal deberá expedir las adecuaciones a los reglamentos y demás disposiciones aplicables dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto.

En Cannizzo, Ortiz y Asociados, S.C. podemos asesorarlos en la implementación de los cambios previstos en la nueva LFPDPPP con la finalidad de estar en cumplimiento y evitar la posible imposición de sanciones. Nuestro equipo de expertos está disponible para brindar asesoría personalizada y apoyo en la adopción de esta nueva regulación.

Para más información, por favor contacte a Karen Ortega en [email protected].

Atentamente

Cannizzo