Ampliación del plazo para el requisito carta porte para servicios de transporte

25 Agosto, 2022

Alerta Informativa

Ampliación del plazo para el requisito carta porte para servicios de transporte.

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Ampliación del plazo para el requisito carta porte para servicios de transporte

En ocasiones anteriores abordamos el tema sobre la nueva obligación fiscal impuesta a los prestadores de servicios de transporte de acompañar su CFDI con el complemento carta porte.

Los invitamos a leer nuestra alerta informativa del 10 de enero de 2022 que trata sobre el tema en el siguiente enlace https://cannizzo.com.mx/carta-porte/.

El día 22 de agosto de 2022 el Servicio de Administración Tributaria emitió un comunicado mediante el cual se informa a los contribuyentes que ya implementan el uso de la factura con complemento Carta Porte o que pretenden hacerlo, sobre la ampliación del término hasta el 31 de diciembre de 2022 para que no sean sujetos a multas o sanciones.

Anteriormente a esta decisión por parte de la Autoridad fiscal, el plazo era hasta el 31 de marzo de 2022 para emitirlo correctamente sin multas ni sanciones, de acuerdo con un comunicado de la dependencia.

Aprovechamos esta publicación para recordar a nuestros lectores sobre los contenidos que debe incluir el Complemento Carta Porte, esta debe contener toda la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

En caso de requerir mayor información en relación con el presente tema, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Atentamente

Cannizzo