Comunicado NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención
14 de octubre, 2019
Alerta Informativa
Comunicado NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención
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COMUNICADO NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN
Como es de su conocimiento, el 23 de octubre de 2018 fue publicada en el Diario Oficial en la Federación la NOM-035-STPS-2018 “Factores de riesgo psicosocial en el trabajo identificación, análisis y prevención” (en adelante la “NOM”), respecto de la cual nos permitimos informarle lo siguiente:
La NOM tiene tres objetivos principales: (i) prevenir los factores de riesgo psicosocial, (ii) prevenir la violencia laboral, y (iii) promover un entorno organizacional favorable. Derechos objetivos que deben lograrse en la totalidad del centro de trabajo y principalmente se deben atender desde: (i) la estructura organizacional; (ii) el aspecto colectivo; y (iii) el aspecto individual.
Asimismo, la NOM define como factores de riesgo psicosocial:
“Aquellos que puedan provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño, vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.
Así como las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo, las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador, la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite), las jornadas de trabajo superiores a las prevista en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin periodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y de relaciones negativas en el trabajo”
Las obligaciones impuestas a los patrones en materia de riesgos psicosociales deben ser cumplidas y analizadas de manera individual en cada uno de sus centros de trabajo en virtud de que cada centro de trabajo tiene condiciones distintas o podría tenerlas. Dicha aplicación, debe ser como mínimo mediante tres acciones:
- Creación de una política de prevención de riesgos psicosociales;
- Generación de campañas de difusión;
- Implementación de medidas para la prevención de riesgos psicosociales y violencia en el trabajo.
Sin requiere asistencia legal para la implementación de las acciones antes mencionadas, por favor póngase en contacto con nosotros.
Atentamente
Cannizzo, Ortíz y Asociados, S.C.