Declaración de uso marca

20 Agosto, 2021

Alerta Informativa

En el 2021 se deberá declarar el uso real y efectivo de los signos distintivos registrados (marcas entre otros).

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Declaración de uso marca

De conformidad con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (“LFPPI”) a partir del 2021 se deberá presentar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (“IMPI”) la declaración de uso real y efectivo de los signos distintivos registrados (marcas entre otros).

¿Qué es la declaración de uso?

Es una obligación que tienen los titulares de registro de signos distintivos de notificar ante el IMPI que dichos registros se están utilizando en los productos o servicios que se protegieron.

¿Cuáles son los signos distintivos que deben presentar la declaración de uso?

Los registros de: (i) marcas; (ii) marcas colectivas; (iii) marcas de certificación; (iv) aviso comercial; y (v) nombre comercial.

¿Cuándo se presenta?

De conformidad con la LFPPI, se debe presentar a los tres años de que se otorgó el registro y se tendrá 3 meses para notificarle al IMPI sobre dicho uso. Se debe considerar que no hay prórroga para notificar la declaración de uso.

Los registros de signos distintivos que tienen la obligación de presentar la declaración de uso son los que se otorgaron a partir del 10 de agosto de 2018, por lo que a partir del 10 de agosto de 2021 se deberán presentar las primeras declaraciones de uso de dichos signos distintivos.

¿Qué debo presentar en la declaración de uso?

La declaración de uso es de buena fe, por lo que no se debe presentar alguna prueba que acredite el uso del registro del signo distintivo.

Cabe mencionar que no es posible agregar productos o servicios que no se encuentren protegidos por el registro, sin embargo, si es posible limitarlos, por lo que, sólo se debe indicar los productos o servicios en los que real y efectivamente se esté usando el registro.

Es importante mencionar que aunque no se presente alguna prueba de uso, es muy importante contar con ellas, ya que la declaración de uso no impide que un tercero solicite ante el IMPI la declaración administrativa de caducidad de un registro por falta de uso.

¿Qué pasa si no presentó la declaración de uso?

La consecuencia de NO presentar la declaración de uso  o no hacerlo dentro del plazo establecido por la LFPPI es que el registro caducará de pleno derecho, sin que se requiera de declaración por parte del IMPI. Es un requiso legal novedoso para seguir conservando el registro del signo distintivo.

¿La declaración de uso debe presentar cada tres años?

No, sólo se presentará al tercer año de que se obtuvo el registro. Las posteriores declaraciones de uso se presentarán junto con la renovación del registro (cada 10 años).

En caso de requerir información adicional en relación con el presente tema o asesoría para obtener el registro en comento, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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