COVID-19: Estrategia de reapertura en México.

14 Mayo, 2020

Alerta Informativa

COVID-19: Estrategia de reapertura en México

COVID-19: Estrategia de reapertura en México

El día de hoy publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece la estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.

La estrategia planteada consiste en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, considerando las siguientes etapas:

a) Etapa 1.-Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19.

La Secretaría de Salud, a más tardar el día 17 de mayo del 2020, mediante un comunicado técnico que se publicará en la página www.salud.gob.mx, dará a conocer cuáles son los municipios a que se refiere el párrafo anterior.

b) Etapa 2.- Abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud; y

c) Etapa 3.-Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas. Para conocer qué actividades podrán ser realizadas en función de cada color del semáforo, favor de consultar el Anexo 1 del Acuerdo publicado el día de hoy.

Por su parte, en virtud del Acuerdo, se establece como acción extraordinaria que las actividades de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, serán consideradas como actividades esenciales.

Las empresas que se dediquen a estas actividades a que se refiere el párrafo anterior, podrán iniciar labores el 1 de junio de 2020.

Del 18 al 31 de mayo de 2020, dichas empresas implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Para cualquier duda o comentario que pudiera llegar a surgir en relación con el levantamiento progresivo de las medidas de contención contra la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, por favor contacte a cualquiera de nuestros socios o asociados.

Atentamente

Cannizzo, Ortíz y Asociados, S.C.