Actualización de Información de Socios o Accionistas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

05 Febrero, 2020

Alerta Informativa

Actualización de Información de Socios o Accionistas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE SOCIOS O ACCIONISTAS EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC).

El 9 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Decreto por el que se reforma, adicionan, y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.

Como parte de estas reformas, se modificó el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (“CFF”) referente a las obligaciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”).

En este sentido, la fracción VI del apartado B de dicho artículo establece una nueva obligación para las personas morales, consistente en la presentación de un aviso en el RFC cada vez que se realice alguna modificación o incorporación de socios o accionistas, a través del cual deberán informar el nombre y clave de identificación fiscal del nuevo socio o accionista. La nueva regla 2.4.19. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (“RMF”), publicada en el DOF el pasado 28 de diciembre de 2019, establece que dicho aviso deberá presentarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se actualice el supuesto correspondiente conforme a la ficha de trámite 295/CFF del Anexo 1-A de la RMF.

Dicha ficha detalla que el aviso se presentará a través del portal electrónico del Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) con su RFC y contraseña. Para estos efectos, se deberá llenar el formato electrónico “Servicio de Aclaración” y adjuntar los documentos escaneados correspondientes. Cabe destacar que la ficha en comento señala que para presentar el aviso, se debe contar con un documento protocolizado y digitalizado en el que consten la incorporación del socio o accionista, sin embargo, será importante esperar a conocer el criterio de la autoridad fiscal al respecto ya que, no todos las actos que tienen como efecto el ingreso de un nuevo socio o accionista deben constar en documento protocolizado en términos de las leyes aplicables en México.

Con la presentación del aviso en comento, el contribuyente obtendrá un acuse de recepción que contendrá un número de folio que, transcurridos 7 días hábiles, podrá consultarse en el portal del SAT.

Será importante considerar que el artículo cuadragésimo sexto transitorio de la RMF establece que aquellas personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC, deberán presentar el aviso mencionado anteriormente con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento, por única ocasión, a más tardar el 30 de junio del año en curso.

Por último, es importante mencionar que la multa aplicable por el incumplimiento de esta obligación podrá ir de los MXN$4,200.00 a las MXN $8,390.00.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario en relación con la información contenida en el presente.

Atentamente

Cannizzo, Ortíz y Asociados, S.C.